Del 1 de enero de 2011, no se benefician de la aplicación del tipo reducido, va a ser gravados al tipo general, incluyendo:
(I), obras encuadernadas en cuero, la seda o similar;
(Ii), utensilios y otros equipos, exclusiva o principalmente, a la detección y lucha contra incendios.
(I), obras encuadernadas en cuero, la seda o similar;
(Ii), utensilios y otros equipos, exclusiva o principalmente, a la detección y lucha contra incendios.
Por otra parte, ya no se gravan al tipo intermedio del 13%, también va a ser objeto de las flores cortadas normales tasa, follaje ornamental y decorativa composiciones florales, así como plantas ornamentales.
Tomó nota de que, también con referencia al 1 de enero de 2011, el tipo normal aumentó de 21% a 23% en Portugal y 15% a 16% en las Regiones Autónomas.
Por lo tanto, las transmisiones de los productos antes mencionados que se hacen a partir del 1 de enero de 2011 sujetos al tipo normal del IVA (23% si se realiza en el continente y el 16% se llevan a cabo en las Comunidades Autónomas).
¿pero tú que noticia pones??
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